Diez cosas que debes saber si eres indocumentado en NJ

  1. Si la policía te detiene no te pueden deportar. La cooperación de la policía con las autoridades de inmigración, iniciada en el 2007, ha sido suspendida desde noviembre del 2018. El Fiscal General de Nueva Jersey emitió una directiva que prohíbe ésta cooperación de la policía (salvo en casos criminales específicos) y además prohíbe a la uniformada preguntar el status legal de una persona.

 

  1. Al alquilar una vivienda tienes iguales derechos que un residente. Bajo la Ley de Vivienda Justa (1968) de los Estados Unidos no le pueden negar alquilar una habitación, estudio, casa o departamento, por su status legal, nacionalidad, raza, religión o idioma.

 

3. Tus hijos pueden ir a la escuela. Las escuelas de Nueva Jersey no niegan la matricula a niños sin papeles o de padres sin papeles

 

  1. Pedir asilo político no es una buena opción. Abogados inescrupulosos, sostienen activistas pro-inmigración, sobre todo en los condados del sur, están engañando a los inmigrantes haciéndoles someter peticiones de asilo político. Solo si tienes un caso real debes pedir asilo. Que te llegue una comunicación aceptando tu forma, no quiere decir que tu caso sea válido. En la mayoría de los casos el asilo político es desechado. Hay 700,000 casos pendientes de asilo en las cortes migratorias. De todas las solicitudes de asilo pendientes solo una quinta parte fueron aceptadas por los jueces, según un reporte del New York Times.

 

  1. Si inmigración te detiene tienes derecho a un abogado. Infórmate del número de ayuda telefónica de tu consulado para casos de detención por inmigración. Por lo general en los centros de detención existe un cartel de la Coalición de Cónsules Latinoamericanos del estado de Nueva York y Nueva Jersey con los números de cada uno de los consulados. Tienes derecho a permanecer callado, no firmar nada y llamar a un abogado.

 

  1. Manejar sin licencia no es penado con cárcel. Es una violación de tráfico por supuesto, pero no es un crimen grave. No vas a ir a la cárcel, tienes que pagar una multa de $500, pero el juez puede, a discreción, rebajar el monto. Sin embargo, si manejas bajo la influencia de las drogas o el alcohol, ya es otra cosa. Enfrentarás cárcel por 30 días, en la primera vez. Si, encima de ello, atropellas a una persona y resulta herida o fallece, con toda seguridad, la pena de cárcel será mayor.

 

  1. En invierno no te pueden dejar sin calefacción. Ante la ola de frío que se avecina la salud es lo primero a proteger. Los propietarios de viviendas están obligados a proveer calefacción. Esta no debe ser menos de 68 grados farengeith o 20 grados centígrados al interior. Si el propietario no te hace caso puedes llamar a la municipalidad local y reportarlo.

 

  1. No pueden quedarse con tu salario. Si no te pagan el salario o te lo pagan incompleto debes acreditar una queja al Departamento de Cumplimiento de Jornada y el Salario del estado de Nueva Jersey llamando al (609) 292-2337. Marque el 1 para español. Luego marque 2 para hablar con un representante que lo ayude en su reclamación. En la web: www.nj.gov/labor

 

  1. Notarios no son acreditados por inmigración. Los notarios certifican firmas o documentos, no están autorizados para dar consejos de inmigración o llenar papeles de inmigración. Esta función solamente la brindan los abogados de inmigración o personas y/o agencias autorizadas por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

 

  1. No dejes que te paguen menos del salario mínimo. Desde el 1ero de enero del 2019 el salario mínimo en el estado de Nueva Jersey es de $ 8.85 por hora.