Darán tratamiento de drogas a presos

El estado de Nueva Jersey permitirá el acceso a los programas de tratamiento de adicción a las drogas para reclusos en centros correccionales estatales.

La ley, S-2409, elimina la restricción de conformidad con las normas del Departamento de Correcciones que excluye a los presos con detenciones o cargos abiertos de la elegibilidad para participar en programas de tratamiento de drogas que operan dentro de las instalaciones correccionales del Estado.

En la actualidad, para participar en los programas de tratamiento de drogas disponibles como parte de los programas; de libertad condicional en la comunidad residencial, el de asistencia mutua, o el programa de tratamiento de trastorno por abuso de sustancias en comunidad terapéutica, se requiere que el recluso sea elegible como “estado mínimo de custodia completa.” Los presos que tengan detenciones o cargos abiertos de cualquier jurisdicción emitida contra ellos, quedan excluidos del “estado mínimo de custodia completa”.

“Si no tratamos a los reclusos que luchan contra la adicción, los estudios demuestran que seguirán enredados en el sistema de justicia penal, y eso es un mal servicio para todos”, dijo el Senador Joseph F. Vitale, uno de los promotores de la ley. “Esta ley simplemente permite el acceso a programas de tratamiento sin excepción de detenciones abiertas o cargos”.

Bajo la nueva ley, un preso con una detención o cargo abierto sólo será elegible para los programas de tratamiento de drogas que operan en las instalaciones correccionales del Estado.

“La lucha de Nueva Jersey contra la adicción es una batalla cuesta arriba, pero todos los esfuerzos para ampliar el acceso al tratamiento se suman al impulso que estamos construyendo”, dijo por su parte la senadora Nilsa Cruz-Pérez, otra de las promotoras del proyecto de ley. “La actualización de viejas prácticas que no reflejan nuestras prioridades actuales es lo correcto, sobre todo cuando se trata de eliminar las barreras al tratamiento del abuso de sustancias en los establecimientos penitenciarios del estado”.

La ley entrará en vigor el primer día del cuarto mes siguiente a la promulgación, pero el Comisionado podrá tomar las medidas administrativas anticipatorias que estime necesarias para su implementación.