Le extienden el TPS de los centroamericanos
El secretario del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés), Jeh Johnson, ha extendido por 18 meses adicionales el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para los ciudadanos de Honduras y Nicaragua elegibles, efectivo desde el 6 de enero de 2015 al 5 de julio de 2016.
Los actuales beneficiarios de Honduras y Nicaragua que buscan extender su TPS deben reinscribirse durante el periodo de 60 días para la reinscripción que transcurre desde el 16 de octubre de 2014 hasta el 15 de diciembre de 2014. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) exhorta a los beneficiarios a reinscribirse lo antes posible una vez comience el periodo de 60 días para reinscripción. USCIS no aceptará solicitudes antes del 16 de octubre de 2014.
El periodo de extensión de 18 meses también permitirá a quienes se reinscriban al TPS solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Los beneficiarios de TPS de Honduras y Nicaragua que son elegibles (o personas sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue Honduras o Nicaragua) que se reinscriban durante el periodo de 60 días y soliciten un nuevo EAD recibirán dicho documento con fecha de caducidad del 5 de julio de 2016.
Para reinscribirse al TPS, los actuales beneficiarios deben presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal. Las personas que solicitan reinscripción no tienen que pagar la tarifa de presentación del Formulario I-821, pero tienen que enviar el pago por concepto de servicios biométricos (o una petición de exención de tarifas) si son mayores de 14 años de edad. Todos los que se reinscriban a TPS también deben que presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Los solicitantes de reinscripción a TPS que solicitan un EAD deben enviar el pago de tarifa de presentación del Formulario I-765 o una Solicitud de Exención de Tarifas. Si la persona que se reinscribe no desea un EAD, no tiene que pagar la tarifa relacionada con el mismo.
Los solicitantes pueden pedir que USCIS les exima de la tarifa de presentación asociada con el Formulario I-765 o la tarifa de datos biométricos basándose en su incapacidad para pagar, presentando el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, o enviando una petición por escrito. Las solicitudes de exención de tarifas deben ir acompañadas con documentos de apoyo. USCIS rechazará la solicitud de TPS de cualquier solicitante que no envíe las tarifas de presentación correspondientes o que no envíe una Solicitud de Exención de Tarifas debidamente documentada.
Todos los formularios de USCIS son gratuitos. Los solicitantes pueden descargar estos formularios desde el sitio web de USCIS en www.uscis.gov/forms o www.uscis.gov/es/formularios o solicitarlos por teléfono llamando al número gratuito de USCIS 1-800–870-3676.
Puede encontrar información adicional sobre el TPS para Honduras y Nicaragua, incluyendo orientación sobre elegibilidad, el proceso de solicitud y dónde presentar las solicitudes, en www.uscis.gov/es/tps-honduras y en www.uscis.gov/es/tps-nicaragua. Puede obtener detalles adicionales acerca de esta extensión de TPS para ambos países, incluyendo requisitos y procedimientos para el mismo, en la notificación del Registro Federal.
Los solicitantes que busquen información acerca del estatus de su caso en particular, pueden consultar Estatus de mi Caso en línea, o llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800- 375-5283 (TTY 1-800-767-1833).